El SIN actualiza el Padrón de Contribuyentes con el Clasificador de Actividades Económicas

Mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102000000023, la Administración Tributaria homologó el Clasificador de Actividades Económicas del Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) con el Clasificador de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB), detallada en los Anexos I, II y III, que forman parte de la norma antes mencionada.

El SIN emitió la RND Nº 102000000023 y sus Anexos el 26 de agosto de 2020 y la difundió en las ediciones digitales de los periódicos Página Siete y Los Tiempos. 

Además, los contribuyentes y el público en general pueden consultar el contenido inextenso de la norma en la página web www.impuestos.gob.bo y en las cuentas del SIN en Facebook, Twitter e Instagram. 

La homologación de Actividades Económicas del PBD-11 del SIN alcanza a todos los contribuyentes del Régimen General. 

La nueva normativa entrará en vigencia a partir del 1 de septiembre de este año. 

El CAEB forma parte de un sistema de clasificaciones nacionales elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Contenido y plazos 

La RND Nº 102000000023 dispone, entre otras cosas, la Homologación de Actividades Económicas vigentes, la Incorporación de nuevas Actividades Económicas en el PBD-11, la Homologación de Características Tributarias y la Reposición de Documentos. 

Además, el Artículo 8 determina que a partir del 1 de enero de 2021 quedarán sin efecto el Certificado de Inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital y el Documento de Exhibición NIT con los códigos CIIU/SIN, entregados por la Administración Tributaria con anterioridad a la vigencia de la presente resolución normativa. 

Por lo que los sujetos pasivos o terceros responsables deberán reemplazar esos documentos hasta el 31 de diciembre de 2020. 

La reposición de dichos documentos se podrá realizar a través de la Oficina Virtual del SIN o en las Plataformas de Recaudación y Empadronamiento de la Administración Tributaria; para lo cual, el NIT debe encontrarse con Estado Activo.

Fuente: SIN