GLP

Gobierno ratifica precio de garrafa de GLP en Bs 22,50

Precio de la garrafa de GLP se mantiene en Bs 22,50

El Gobierno ratificó este miércoles que el precio de la garrafa de GLP de 10 kilos se mantiene en Bs 22,50, informó el vocero oficial de la Presidencia, José Luis Gálvez, durante una conferencia de prensa en la Casa Grande del Pueblo. La medida está contemplada en el Decreto Supremo 5746 y busca proteger la economía de las familias.

“De manera clara y concreta, se mantiene el precio del gas en las garrafas; lo que este decreto supremo hace en esencia es que establece un mecanismo para mantener estable el precio del gas licuado de petróleo, el GLP, el que compramos en garrafas”, afirmó Gálvez.

El vocero explicó que las variaciones en el precio del diésel afectan los costos de transporte y distribución. Según indicó, la nueva normativa crea condiciones para evitar que ese impacto se traslade a la tarifa del GLP, además de actualizar los márgenes de comercialización y establecer compensaciones para cubrir los mayores costos.

“Para puntualizar: se mantiene el precio de la garrafa de 10 kilos a 22,50 bolivianos, no está cambiando; se protege la economía de las familias, especialmente de los hogares que utilizan el gas de garrafa para cocinar; y se busca garantizar la continuidad de la distribución del GLP”, aseguró el vocero.

El artículo primero del DS 5746 establece que la finalidad de la norma es mantener el precio final del GLP para el consumidor. Para ese propósito, modifica e incorpora disposiciones al Decreto Supremo 5534, de 31 de enero de 2026, entre ellas el inciso c) del Parágrafo I del Artículo 3, el Parágrafo II del Artículo 3 y los incisos h), i) y j) del Artículo 5.

La norma también incorpora los artículos 8 y 9 al DS 5534. El primero se refiere a la actualización de los márgenes mayorista y minorista del GLP y de los descuentos, mientras que el segundo establece la estructura de costos. Además, modifica e incorpora disposiciones al Decreto Supremo 5667, de 30 de julio de 2026.

Como parte de las disposiciones transitorias, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías tendrá hasta 10 días hábiles, computables desde la publicación del decreto, para aprobar la metodología de actualización de los márgenes mayorista y minorista y de los descuentos. El ente regulador contará con hasta 15 días hábiles para reglamentar los formatos, plazos, periodicidad, documentación de respaldo y procedimientos de verificación de la estructura de costos que deben presentar las plantas engarrafadoras y distribuidoras de GLP.