Segunda vuelta: jurados electorales que no asistan a las mesas de sufragio serán sancionados con multa de Bs 1.375

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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que los jurados electorales que no asistan o abandonen injustificadamente sus mesas de sufragio durante la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2025 serán sancionados con una multa de Bs 1.375, equivalente al 50% del salario mínimo nacional vigente.

Multas para jurados electorales según la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0428/2024

La resolución emitida por el TSE establece diversas sanciones económicas para los jurados de mesa:

  • No participar en las juntas de jurados: multa del 5% del salario mínimo.
  • Ausentarse sin autorización de la presidencia de mesa: 30% del salario mínimo.
  • No informar sobre infracciones electorales: 50% del salario mínimo.

Estas disposiciones buscan garantizar la transparencia y responsabilidad en el proceso democrático.

Sanciones para notarios electorales

Los notarios electorales también serán sancionados si incumplen sus funciones durante la jornada electoral. Quienes no colaboren en la organización, capacitación o distribución del material electoral deberán pagar una multa del 50% del salario mínimo nacional.

Asimismo, se aplicará la misma sanción a los notarios que no reporten información en los sistemas de monitoreo del TSE o incumplan con la entrega oportuna del material de votación.

Multas para servidores públicos y ciudadanos

Los servidores públicos que utilicen vehículos oficiales sin autorización durante el día de las elecciones serán sancionados con el 20% del salario mínimo.

Del mismo modo, los ciudadanos que no voten o no presenten su certificado de sufragio dentro de los 90 días posteriores a la elección deberán pagar una multa del 20% del salario mínimo. De persistir el incumplimiento, se les restringirá el acceso a cargos públicos, trámites bancarios y pasaportes durante 90 días.

Excepciones y sanciones adicionales

Quedan exentos de multa quienes no voten por caso fortuito o fuerza mayor, las personas mayores de 70 años y quienes acrediten haber estado fuera del país el día de los comicios.

Los ciudadanos que incumplan resoluciones electorales o circulen en vehículos motorizados sin autorización también serán multados con entre 10% y 20% del salario mínimo.

Incluso los funcionarios de entidades financieras que no exijan el certificado de sufragio cuando corresponda podrán ser sancionados con el 20% del salario mínimo vigente.

Finalmente, quienes no paguen las multas podrán enfrentar arresto de hasta ocho horas o trabajo social con fines públicos, según lo determine el juez electoral.

Descarga la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0428/2024 aquí:

https://web.oep.org.bo/inc/uploads/2024/12/resolucion-tse-rsp-adm-428-2024-2.pdf