Pedraza: En el Estatuto Autonómico Regional y la Ley 079 no se asigna el IDH para el Chaco

El exasambleísta departamental, Luis Pedraza indicó a El Andaluz que las interpretaciones legales que hizo en pasados días el secretario jurídico del Gobierno Regional, Pablo Valeriano no son correctas y que en realidad no existe una normativa que establezca que se deba transferir recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) al Chaco.

Valeriano indicó que como base legal para la transferencia del 45% del IDH al Chaco esta la Ley 079 de transferencia de competencias y la Ley 139 de asignación de fuentes de ingreso.

Pedraza indicó que la asignación de recursos para entidades territoriales la establece la Constitución Política del Estado (CPE).

“Las rentas del Estado se dividen en nacionales, departamentales, municipales e indígena originario campesinas y se invertirán independientemente por sus Tesoros, conforme a sus respectivos presupuestos”, señala el artículo 340 de la CPE:

Respecto a la apreciación de Valeriano sobre que la transferencia de las competencias, deben estar acompañadas de recursos de libre disponibilidad haciendo referencia a recursos por regalías e IDH, para Pedraza es otro error de apreciación.

El exasambleísta explicó que la Ley 079 que transfiere las competencias no incluye el IDH y sólo asigna el 45 por ciento del 11 por ciento de las regalías hidrocarburíferas que percibe el departamento.

El decir que incluye al IDH “es mentira, no corresponde”; dijo Pedraza.

Indicó que la CPE no reconoce recursos regionales, mencionando el artículo 341 que hace referencia a los recursos económicos departamentales.

Mencionó que en el artículo 60 del Estatuto Autonómico Regional del Chaco se declara la participación de los recursos hidrocarburíferos, que hacen referencia al 45 por ciento de las regalías.

“De conformidad a normativa legal vigente del nivel central del Estado y la Ley 079 ´Ley Departamental de Transferencia de competencias a la Autonomía Regional del Chaco Tarijeño´, el Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco en condición de región productora de hidrocarburos percibe y administra directamente el 45% de las regalías hidrocarburíferas del total del 11% que percibe el departamento de Tarija. Al constituirse la misma, en la principal fuente de ingresos de la Autonomía Regional del Gran chaco Tarijeño y base fundamental para su desarrollo integral”, de manera expresa señala el artículo 60 de Participación en los ingresos hidrocarburíferos del Estatuto Autonómico Regional.

Para Pedraza lo que afirman los representantes del Chaco sobre el IDH no tiene asidero legal, no tiene respaldo alguno.

Remarcó, que las normas que se han mencionado por el Chaco, como la resolución del 2006 del Consejo Deparatmental en ese entonces, corresponde a un tiempo cuando el Chaco era provincia, hoy es una Región Autónoma, convertida en una nueva unidad territorial.

Pedraza dijo que fue distinta a lo que era la provincia Gran Chaco, que dependía administrativamente de la Prefectura del departamento.

Dijo que se debe entender como un proceso de descentralización el que se haya asignado recursos del IDH el 2006.

A partir del 2009 rige la nueva CPE que asigna los recursos departamentales y en ningún caso, ninguna norma menciona o implica que se deba transferir al Chaco también recursos del IDH.

El exasambleísta dijo que se debe entender que muchas de las normas a las que hace referencia al Chaco para la transferencia del IDH hoy quedaron obsoletas o han sido expresamente derogadas en lo que corresponde al financiamiento por la asignación de los recursos.

En este caso de situaciones para el exlegislador se debe recurrir a la norma mayor, a la norma suprema, en este caso la Constitución Política del Estado y lo que se establece en la norma mayor no se puede modificar, por ninguna otra norma, eso desde el punto de vista jurídico.

“Tanto la constitución como la ley marco de autonomías, asignan los recursos para financiar las competencias, en base al principio de equidad”, expresó.

Considera que nada justifica que alguien de la misma fuente reciba el doble que los demás, haciendo referencia a las regalías que percibe el Gran Chaco.

En una relación per cápita Pedraza dijo que si se divide el 45 por ciento de las regalías que percibe el Chaco por el 30 por ciento de la población que vive en la Región Autónoma esta cifra será el doble, que dividir el restante 55 por ciento de las regalías entre el 70 por ciento de la población del resto del departamento, lo que rompe el principio de equidad en la asignación de recursos.

“No hay una base legal, no hay una disposición legal que establezca que es constitucional, que deba transferirse el IDH a la Región Autónoma del Chaco, eso sería forzar, hacerle decir a la Ley lo que no dice, es simplemente mentir”, agregó.

Mencionó, que de lo contrario en el Estatuto Autonómico Regional del Chaco debería que ha sido compatibilizado con la CPE y ha sido constitucionalizado en referendo debería también decir que se tiene una participación del 45% del IDH, pero no es así, solamente indica una participación del 45% de las regalías hidrocarburíferas del 11 por ciento que percibe el departamento.

 Remarcó que el Estatuto Autónomo Regional es la norma básica de la Región Autónoma.

“Valeriano comete dos tremendos errores”, expresó, a tiempo de reiterar que el estatuto no declara la participación en el 45% del IDH departamental.

Acciones sin resultados

Para el exasambleísta otra muestra de que la posición de autoridades del Chaco no tiene base legal para exigir el 45% del IDH es la falta de resultados en los recursos que activaron.

Mencionó que las autoridades chaqueñas acudieron a todas las instancias para resolver el tema, ante el Servicio Estatal de Autonomías (SEA) se consultó el tema, ante el Ministerio de Economía y Finanzas buscando una asignación directa, pero no lo han conseguido, ante la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia (ALPB), pero tampoco tuvieron resultados.

“En realidad han agotado todas las posibilidades (…) no es posible, no es real, no hay un camino jurídico”, indicó.

Mencionó, que tampoco pudieron lograr un débito automático, figura reglamentada en la Ley Marco de Autonomías.

No lograron conseguir una Ley y menos un Decreto Supremo para la transferencia del ICDH al Chaco, porque no es legal.

Pedraza dijo que al haber fracasado en esas vías, se tiene que entender que no hay base legal para lo que piden.

Malversación de recursos

Respecto a la transferencia de recursos del IDH al Chaco en anteriores gestiones, Pedraza dijo que no significa que ahora se lo deba hacer.

“El hecho que Adrián Oliva, o Mario Cossío hayan asignado, entregado recursos del IDH, no quiere decir que Oscar Montes tenga que hacerlo en su condición de gobernador”, apuntó.

Señaló que lo que hizo Oliva al transferir recursos del IDH al Chaco, fue malversación de fondos y remarcó que tampoco no lo hizo de forma gratuita, que lo hizo por interés político.

Con esta situación el Chaco más bien corre el riesgo de que se profundice la discusión sobre la producción de gas en el Campo Margarita y sobre la participación de las regalías hidrocarburíferas.

Considera que este es un momento para volver a discutir el tema, si corresponde o no seguir asignando el 45 por ciento de las regalías al Chaco, ante la producción de gas que existe en la provincia O´Connor.

Fuente: El Andaluz