El Presidente del TSE afirma que acatarán fallo sobre la reelección presidencial indefinida
"En realidad, el tema de fondo ya fue resuelto con la sentencia 1010, que incluso fue dictada cuando no había ningún motivo de tacha contra los magistrados del tribunal", dijo Hassenteufel
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Oscar Hassenteufel, adelantó que el Órgano Electoral acatará la Sentencia Constitucional 1010/2023, de diciembre del año pasado, que establece que la reelección presidencial indefinida no existe y no es un derecho humano.
“Yo me quedo con la sentencia 1010 que efectivamente hay que acatar porque proviene de un tribunal legítimo, de unos magistrados legítimos y esa es una sentencia totalmente válida”, declaró el presidente del TSE al medio Brújula Digital.
La decisión del TCP señala que el presidente y el vicepresidente en Bolivia “solo pueden ejercer su mandato por dos periodos continuos o discontinuos”.
La semana pasada, la Sala Cuarta del TCP emitió el Auto Constitucional 0083/2024-ECA, que complementa a la Sentencia Constitucional 1010 y declara que el periodo de mandato de las autoridades electas de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial serán “únicamente” por dos periodos, sean estos continuos o discontinuos, sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato.
Esto —añade— con el fin de “evitar de cualquier modo, la permanencia de un mandatario, en el caso de los Órganos Legislativo, Ejecutivo por más de 10 años en total; en el Judicial, por más de 12 años, y del Electoral, a uno solo sin posibilidad de reelección”.
Pero, además, complementa el fallo y extiende la prohibición “absoluta” del presidente de ingresar al mismo cargo, mediante las otras formas de acceso contenidas de los artículos 170 y 171 de la Constitución Política del Estado. “Ninguna autoridad electa que hubiera superado dos candidaturas anteriores, podrá candidatear y menos ejercer los cargos” de vicepresidente o presidente de las Asamblea Legislativa, de presidente del Senado ni de Diputados.
El diputado de Creemos José Carlos Gutiérrez solicitó la enmienda, complementación y aclaración a la Sentencia Constitucional 1010/2023, del 28 de diciembre de 2023, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Miguel Ángel Balcázar contra el presidente nato de la Asamblea Legislativa, el vicepresidente David Choquehuanca.
Al respecto de este nuevo fallo, Hassenteufel indicó que “no hay que hacerse muchos problemas” debido a que es un auto complementario a la sentencia constitucional 1010.
“En realidad, el tema de fondo ya fue resuelto con la sentencia 1010, que incluso fue dictada cuando no había ningún motivo de tacha contra los magistrados del tribunal. Es decir, en ese momento estaban dentro de su periodo de mandato”, explicó.
Señaló que al momento en que dictaron la sentencia 1010 “no había ningún motivo de cuestionamiento contra esos magistrados” y lo que vale es “ese fallo principal”, como es importante también la declaración que hizo la CIDH respecto a este mismo tema.
“Yo creo que esos son los elementos que en su momento se tomarán en cuenta para asumir una decisión respecto a la posibilidad de que el expresidente del que hablamos pueda ser habilitado como candidato o no ser habilitado. Pero prácticamente el auto del 1 de noviembre es un auto complementario que ni siquiera tiene significación principal”.
FUENTE: AGENCIAS